
El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Ecuador proclamó este jueves a Daniel Noboa como presidente reelecto, tras ganar en la segunda vuelta del pasado 13 de abril, con el 55,63 por ciento de los sufragios válidos, según el informe preliminar de la votación.
"Los resultados son: Revolución Ciudadana reto lista 5-33, Luisa González, con un total de 4.683.260 votos equivalentes al 44,37 por ciento. Movimiento Acción Democrática Nacional ADN, Daniel Noboa, con un total de 5.870.618, votos equivalentes al 55,63 por ciento", informó el CNE en la reinstalación de la Audiencia Nacional de Escrutinio, transmitida a través de sus redes digitales.
El ente electoral aclaró, sin embargo, que todavía podrían registrarse impugnaciones respecto al resultado del binomio presidencial, previo a la ceremonia de toma de posesión.
Durante la sesión fueron analizadas de forma independiente cada una de las reclamaciones presentadas, tras lo cual los consejeros se pronunciaron de forma unánime por apoyar las resoluciones para negar los recursos presentados.
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— cnegobec (@cnegobec) April 24, 2025
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Respecto a la mayor observación, realizada a 13.095 actas, la presidenta del CNE, Diana Atamaint, aseveró que "la reclamación no logra determinar que las referidas actas se encuentran incursas en el numeral 3 del artículo 143 del Código de la Democracia para declarar la nulidad de las mismas", según la solicitud de la alianza electoral RC-RETO.
Este artículo señalado referido a la posibilidad de anular las votaciones indica que ello será factible "si se comprobare suplantación, alteración o falsificación del registro electoral, o de las actas de instalación o de escrutinio".
En cuanto al señalamiento presentado a 333 actas, el vicepresidente del CNE, Enrique Pita, descartó la posibilidad de la falsificación o suplantación de actas, debido a las medidas de seguridad implementadas.
"Las actas de escrutinio cuentan con una certificación blockchain lo que hace que sean inmutables, es decir no pueden alterarse, suplantarse o falsificarse, bajo este contexto este órgano electoral ha verificado que las actas cumplen con la certificación respectiva y han sido procesadas en el sistema de escrutinios y resultados", aseveró el funcionario.
Otro de los casos requeridos por parte de los reclamantes es la presunta falta de firma conjunta de las autoridades electorales, pero el CNE desestimó el pedido.
Además, también se requirió la nulidad de las votaciones, basándose en el mismo artículo 143, por inconsistencias numéricas en 333 actas, pero se estableció que solo existían tres actas con inconsistencias y que no eran determinantes para dar paso al pedido o al recuento.
En esta misma sesión, el ente recibió cuatro nuevas reclamaciones por la misma alianza electoral, pero consideró que no se justificaba dicha solicitud.
"Los cuatro escritos no son reclamaciones, tres de ellos están solicitando que se declare la nulidad de las votaciones y uno más la nulidad de los escrutinios por lo tanto no reúnen los requisitos establecidos para ser tratados como una reclamación ", señaló la directora Nacional de Asesoría Jurídica del CNE, Nora Guzmán.
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Una vez que el cuerpo colegiado ha resuelto las reclamaciones a las actas de escrutinio levantadas por las Juntas Provinciales Electorales y Especial del Exterior, de conformidad a la normativa vigente, ???????? el #PlenoCNE aprueba los resultados numéricos para la… pic.twitter.com/YAulwDpPfB
Además, advirtió que ninguno de los documentos demostraba los motivos necesarios, que dan incumplimiento de los artículos 143 y 144 del Código de la Democracia, para dar paso a declarar la nulidad de los escrutinios y de las votaciones.
El CNE informó que todavía se recibirán impugnaciones hasta el 24 de mayo, antes de la ceremonia de toma de posesión ante la Asamblea Nacional (parlamento unicameral).
En esa fecha el presidente reelecto recibirá las credenciales como ganador en las urnas y junto a su compañera de fórmula, María José Pinto, gobernarán para un próximo periodo de cuatro años, de 2025 a 2029.